IESS Afiliar al empleado desde el primer día de labores
El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, IESS, informa a los EMPLEADORES que están obligados a registrar una NOTIFICACIÓN DE INGRESO de un trabajador o trabajadores a través de la página web del IESS www.iess.gob.ec desde el primer día de trabajo y dentro de los 15 días siguientes al inicio de la relación laboral o prestación de servicios, según la situación.
Además, informará a través de ww.iess.gob.ec, link HISTORIA LABORAL de cambios salariales, caso fortuito de enfermedad, despido de un empleado (AVISO DE SALIDA) u otras noticias dentro de los tres días siguientes a la terminación de la relación laboral.
Pertenencia del trabajador a la ESS.
El Empleador deberá evitar la NO ESTATUTARIA EMPLEADORA, es decir, el no pago por parte del Empleador de las obligaciones del seguro general obligatorio correspondientes a aportes, fondos de reserva, descuentos de préstamos quirografarios e hipotecarios y otras obligaciones, dentro de los plazos que fije el Instituto.
Empleado imparcial desde el primer día de trabajo.
Para evitar el incumplimiento del patrón, el patrón y la afiliación voluntaria están obligados a pagar las primas del seguro general obligatorio dentro de los 15 días siguientes al mes en que correspondan las primas; El incumplimiento acarrea la mora y la responsabilidad del empleador.
Tenga en cuenta que el no pago de estas obligaciones será sancionado por el IESS con intereses de demora a la tasa vigente fijada por el Banco Central del Ecuador, más una penalidad del 4% (cuatro por ciento) del aporte causado por el último gravable. remuneración de cada asegurado incluido en la infracción.
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